La permanente negativa de la República Islámica de Irán de entregar a nuestra Justicia a los sospechosos de haber volado la mutual judía de la AMIA y el reciente rechazo iraní a trabajar juntamente con nuestro país para que esos implicados puedan ser juzgados en un tercer Estado vuelven a poner en el centro del debate mundial dos cuestiones complementarias. Por un lado, en dónde nos encontramos y hacia dónde vamos en materia penal internacional; en otras palabras, lo posible y lo deseable en el combate contra el terrorismo internacional y, en segundo término, la necesidad de contar prontamente con un tribunal penal internacional (TPI) con nuevas competencias.
El TPI se creó en Roma en 1998 con el voto positivo de los representantes de 120 Estados (entre ellos, la Argentina, y con las abstenciones de veinte naciones) con el objeto de buscar, enjuiciar y castigar al autor o autores de cometer crímenes contra la humanidad, de guerra, de genocidio y de agresión. Con hechos como los precedentemente descritos por parte de Irán amerita volver a discutir nuevos delitos que deberían estar en la jurisdicción de ese tribunal.
En definitiva, cuando se abra el período de revisión del Estatuto de Roma, el tema del terrorismo internacional como un crimen de lesa humanidad debería ser incluido entre sus competencias.
Ahora que Irán ha rechazado la posibilidad de que el caso de la AMIA pueda ser llevado a un tercer país para ser juzgado (tomando el modelo del caso Lockerbie), se abren nuevas posibilidades y casos que ya están siendo estudiados. Un ejemplo a seguir es la posibilidad de crear un tribunal especial ad hoc para el caso AMIA.
El antecedente inmediato es la creación del Tribunal Especial del Líbano que fue constituido en La Haya para buscar y juzgar a los responsables del asesinato del primer ministro del Líbano Rafiq Hariri. Otros casos de tribunales especiales son los de la ex Yugoslavia y Ruanda. Estas cortes fueron creadas con el objetivo de juzgar a los responsables criminales de las matanzas y limpiezas étnicas ocurridas en los años ’90 en esas naciones.
Estos tribunales especiales tienen, entre otras, la particularidad de ser creados para situaciones particulares. Una vez que su cometido ha sido alcanzado el tribunal desaparece. Estos tribunales ad hoc pueden contar con el manto protector de las Naciones Unidas, pero los más importante es que para que cualquiera de las fórmulas jurídicas contempladas prosperen para el caso AMIA se necesita que tanto la Argentina como Irán estén dispuestos a cooperar. Hasta ahora este requisito parece no poder superarse. Deben cambiar muchas cosas en Irán para que esto ocurra. La Argentina no debe bajar los brazos con el objetivo de alcanzar justicia.
*Profesor en la carrera de Ciencia Política en la UBA y la UB y compilador del libro Las nuevas amenazas a la seguridad