La Corte Suprema de Justicia tiene prácticamente listo un fallo medular sobre el atentado contra la AMIA. El máximo tribunal confirmaría lo decidido por el Tribunal Oral Federal 3: que el armador de autos truchos Carlos Telleldín y los policías bonaerenses no tuvieron relación con el atentado contra la mutual judía. Es más, el TOF 3 sostuvo que la investigación realizada en su momento por el gobierno de Carlos Menem, el juez Juan José Galeano, los fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia, con el apoyo de los principales dirigentes de la AMIA y DAIA, “fue una maniobra al servicio de oscuros intereses de políticos inescrupulosos”. El punto en el que la Corte se apartaría del fallo del TOF es que ordenaría que los policías y Telleldín sean juzgados por los delitos comunes –extorsiones, robo de autos, armado de vehículos con partes robadas, arreglos con delincuentes– que aparecieron nítidamente probados durante el extenso juicio oral.
Nadie sabe todavía cuándo se dará a conocer este fallo clave del máximo tribunal. Se dice que hay integrantes de la Corte que quieren que la resolución salga ya mismo, pero otros consideran que habrá mejor clima para un fallo de tanta relevancia después de las elecciones nacionales. Lo que sí circula como un rumor extendido es que la mayoría ya votó y lo hizo siguiendo lineamientos de Carlos Fayt.
Por lo que se sabe, la decisión de la Corte estaría en consonancia con los planteos de las apelaciones que hicieron en su momento el fiscal Alberto Nisman y el procurador fiscal ante la Corte, Eduardo Casal. Ambos coincidieron con el fallo del Tribunal Oral en cuanto a la inexistencia de pruebas contra Telleldín y los policías por el atentado contra la AMIA, pero insistían en que todos ellos debían responder por una increíble cantidad de delitos que aparecieron plenamente probados en el expediente. Por ejemplo, está claro que los policías extorsionaban a Telleldín, le sacaban dinero para permitirle continuar con sus negocios ilícitos. También aparece probado que El Enano, como le decían a Telleldín, armaba autos con partes robadas. En las escuchas telefónicas realizadas al otrora poderoso comisario Juan José Ribelli se advierten arreglos con delincuentes, coimas, extorsiones, armados de causas falsas y otros delitos. Ese aspecto fue investigado por la jueza de Lomas de Zamora, Silvia González, y de su pesquisa se concluye que Ribelli recaudaba de forma ilegal no menos de 100.000 pesos por mes.
El TOF 3 sostuvo que todos esos delitos comunes se probaron a partir de la decisión política de armar la maniobra para echarles la culpa a los policías del atentado contra la AMIA. En ese momento –siempre según el Tribunal– Galeano nutrió la pista falsa de los policías a través de un expediente paralelo llamado Brigadas, en el que se volcaron las evidencias contra los policías. Justamente lo que hizo el TOF fue declarar nulo el expediente Brigadas.
En mayo de 2006, los camaristas Juan Fégoli, Pedro David y Gustavo Mitchell, de la sala II de Casación, respaldaron íntegramente la sentencia mediante la que el TOF 3, luego de tres años de debate público, anuló gran parte de la evidencia por considerar probado que hubo fabricación de pruebas.
Ya apelado el caso en la Corte, el fiscal de la procuración, Casal, se manifestó de acuerdo con la parte principal del fallo del Tribunal Oral y coincidió con el TOF en que toda la pesquisa fue una gigantesca maniobra. Pero en su recurso sostuvo, como Nisman, que los delitos de los policías y Telleldín estaban probados aun prescindiendo del expediente Brigadas y antes todavía de empezar a armarse ese expediente, por lo que debía haber una condena por las extorsiones, cohechos, robos y demás ilícitos.
Según trascendió, la Corte ahora ordenaría que los delitos comunes sean efectivamente juzgados en los tribunales competentes, que son los de la provincia de Buenos Aires, donde se cometieron esos delitos.